lunes, 22 de junio de 2015

¿En qué circunstancias hay que evitar comulgar?


Hay dos clases de disposiciones para comulgar dignamente: unas que se refieren al alma y otras al cuerpo


El fiel no debe comulgar cuando faltan las debidas disposiciones. Hay dos clases de disposiciones para comulgar dignamente. Unas que se refieren al alma y otras al cuerpo.


¿Cuáles las disposiciones con respecto al alma?

1.- Estar en gracia de Dios, es decir ausencia de pecado grave.
2.- Estar instruido en las principales verdades de fe.
3.- Tener la debida reverencia en el momento de la comunión.
4.- Creer firmemente que se va a recibir a Jesucristo.


“Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave, no celebre la misa ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya oportunidad de confesarse; y en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes” (Can. 916).



¿Cuáles son las disposiciones con respecto al cuerpo?


1. Observar la norma sobre el ayuno eucarístico.
2. Tener un aspecto exterior adecuado: modesto y recogido.
Exclusión de la Comunión en razón de la edad o de enfermedad:
 
No se puede dar la comunión en las siguientes cuatro situaciones:


1. Dentro de las enfermedades están: Personas en coma, personas que no pueden deglutir, personas con constante respiración asistida, apoplejías, riesgo de vómitos, fiebre alta que cause alucinaciones, etcétera.
2. Adultos afectos de enfermedades mentales que privan del uso de razón.
3.  Los adolescentes y mayores con serios discapacidades intelectuales.
4. Los niños antes del suficiente desarrollo mental.



Respecto a situaciones varias, no deben comulgar:

1. Quien haya ya comulgado dos veces al día.
2. Quien haga parte de la masonería, sectas de todo tipo, etc.
3. Quien trata de usar la Eucaristía para hacer campaña política, o para buscar votos.
4. Quienes no estén bautizados.
5. Quien rechace la Eucaristía o dude de ella.


“No se puede dar la comunión a una persona no bautizada o que rechace la verdad íntegra de fe sobre el Misterio eucarístico. Cristo es la verdad y da testimonio de la verdad (cf. Jn 14, 6; 18, 37); el Sacramento de su cuerpo y su sangre no permite ficciones” (Ecclesia de Eucharistia, 38).


Finalmente es bueno hacer una aclaración: El hecho de que alguien no pueda o no deba comulgar no impide que vaya a misa; es más, quienes no puedan recibir la comunión tienen, como todos los demás fieles, el derecho a participar en la celebración eucarística y la obligación de la misa todos los domingos y los días de precepto señalados.
 
Es verdad que el modo pleno de participar en la misa es comulgar, pero hay que tener en cuenta que la participación en la santa misa tiene por sí misma un valor salvífico y constituye una perfecta forma de oración, independientemente de que se reciba o no la Comunión.

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